Desde el 1° de noviembre de 2018 la forma de cancelar tus facturas en el portal del Sistema de Administración Tributaria cambió.

En teoría el proceso es muy sencillo, el que emite la factura tendrá que pedirle al SAT la cancelación, en tanto que el que recibe la factura tendrá que autorizar la cancelación.

Sin embargo, existen algunos pasos que debes seguir para no tener problemas a futuro.

Esto es lo que tienes que hacer:

  1. Debes solicitar la cancelación de tu CFDI entrando al portal del SAT <<haciendo click aquí>> o con tu proveedor de facturas.

 


El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es la manera en la que los Documentos Electrónicos son considerados como válidos para el SAT.


 

 

  1. Tu cliente recibirá un correo en su Buzón Tributario en donde le informarán que deseas cancelar la factura que emitiste. Dentro del portal puede acceder a Cancela y recupera tus facturas.
  2. El cliente tendrá tres días hábiles para aceptar o rechazar tu solicitud, en caso de no haber respuesta, el sistema la tomará como aceptada y la factura quedará cancelada.
  3. En caso de que la cancelación no necesite ser aprobada por el cliente, la factura será cancelada de inmediato.

Dentro del portal del SAT, encontraras mayor información al respecto, únicamente debes entrar a “Nuevo esquema de cancelación”

Si necesitas ayuda con este y otros temas no dudes en ponerte en contacto con nosotros y con gusto te asesoramos.

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